Cláusula 1. Objeto del contrato
El presente contrato tiene por objeto la prestación por parte de OFS Escuela de Oficios de servicios de formación, preparación y acompañamiento dirigidos a facilitar al alumno la adquisición de los conocimientos, competencias y habilidades necesarias para afrontar procesos de evaluación organizados por entidades certificadoras, organismos homologados o centros examinadores externos, orientados a la obtención de certificaciones, acreditaciones, habilitaciones o carnets profesionales.
Cláusula 2.- Contenidos de los servicios
Los servicios prestados por OFS Escuela de Oficios podrán incluir, según el programa contratado:
• Formación online y/o presencial.
• Clases en directo y/o clases grabadas.
• Talleres prácticos y actividades formativas complementarias.
• Acceso al campus virtual y contenidos digitales.
• Acompañamiento y seguimiento académico.
• Materiales didácticos y recursos formativos.
• Simulaciones, preparación técnica y orientación para procesos de certificación profesional.
• Y cualesquiera otros servicios expresamente incluidos en la información precontractual del programa contratado.
Los servicios formativos objeto del presente contrato se organizan mediante ediciones formativas programadas.
A efectos del presente contrato, se entiende por edición formativa el período de impartición del programa contratado a un grupo determinado de alumnos, conforme a una planificación académica previamente establecida por OFS Escuela de Oficios, durante el cual se desarrollan las actividades formativas, clases en directo, talleres prácticos, tutorías y demás actuaciones docentes previstas para dicho programa.
Con carácter general, cada edición formativa tiene una duración máxima de nueve (9) meses, sin perjuicio de las adaptaciones organizativas o académicas que puedan resultar necesarias para el correcto desarrollo del programa por parte de OFS Escuela de Oficios.
Las actividades teórico-prácticas, talleres práctivos y demás actuaciones formativas podrán desarrollarse de forma simultánea o sucesiva durante la edición formativa, de acuerdo con la planificación académica establecida por OFS Escuela de Oficios para cada programa.
La fecha de inicio, calendario, duración concreta y organización de cada edición formativa serán comunicados al alumno con carácter previo al comienzo de la formación.
El alumno participará en la edición formativa correspondiente al programa contratado y en la que haya sido matriculado por OFS Escuela de Oficios.
Cláusula 3. Concreción y limitaciones de responsabilidad en la prestación del servicio
OFS Escuela de Oficios es una entidad especializada en formación no reglada y preparación para procesos de certificación profesional.
En consecuencia, OFS Escuela de Oficios no tiene la condición de entidad certificadora, organismo evaluador, centro examinador ni entidad oficial expedidora de títulos, certificados profesionales, acreditaciones o habilitaciones profesionales.
La contratación de los servicios de OFS Escuela de Oficios tiene por finalidad la preparación y acompañamiento del alumno para afrontar procesos de evaluación y certificación profesional, sin que dicha contratación implique, garantice o suponga por sí misma la obtención de certificaciones, acreditaciones, habilitaciones profesionales, carnets profesionales o títulos oficiales.
La admisión a exámenes, pruebas de evaluación o procesos de certificación, así como la obtención de las correspondientes certificaciones o acreditaciones, dependerán exclusivamente del cumplimiento de los requisitos establecidos por las entidades certificadoras competentes y del resultado obtenido por el alumno en las pruebas o evaluaciones correspondientes.
El alumno declara haber recibido información suficiente sobre la naturaleza de los servicios contratados y reconoce que la participación en procesos de certificación profesional puede estar sujeta al cumplimiento de requisitos académicos, profesionales, administrativos, documentales, lingüísticos o de cualquier otra naturaleza establecidos por las entidades certificadoras competentes.
Asimismo, el alumno declara conocer que es de su exclusiva responsabilidad verificar, con carácter previo a la contratación y durante toda la vigencia del contrato, que cumple o podrá cumplir los requisitos exigidos para acceder a los correspondientes procesos de evaluación o certificación profesional.
El alumno reconoce y acepta que las entidades certificadoras podrán modificar en cualquier momento los requisitos de acceso, procedimientos de evaluación, documentación exigida, calendarios, tasas, criterios de certificación o cualquier otra condición aplicable, sin que ello genere responsabilidad alguna para OFS Escuela de Oficios.
OFS Escuela de Oficios actúa de forma completamente independiente respecto de las entidades certificadoras y no representa, controla ni participa en sus procesos de admisión, evaluación, certificación o resolución de incidencias.
En consecuencia, OFS Escuela de Oficios no será responsable de la inadmisión del alumno a procesos de certificación, de la denegación de su inscripción, del incumplimiento de requisitos exigidos por las entidades certificadoras, de la insuficiencia o incorrección de la documentación aportada por el alumno, de la imposibilidad de acceder a las pruebas correspondientes ni de los resultados obtenidos en los procesos de evaluación o certificación.
El alumno reconoce y acepta que determinadas entidades certificadoras podrán exigir, entre otros requisitos, la realización y aprovechamiento de actividades formativas concretas, la asistencia a clases o talleres prácticos, la acreditación de horas de formación, la superación de evaluaciones internas o el cumplimiento de otros requisitos previos como condición para acceder a los correspondientes procesos de certificación.
Las tasas oficiales de examen, derechos de inscripción, costes de certificación, expedición de acreditaciones o certificaciones, así como cualesquiera otros importes exigidos por entidades certificadoras externas, no forman parte del precio de la formación contratada y serán de cuenta exclusiva del alumno.
Asimismo, el alumno reconoce y acepta que dichos importes podrán devengarse en cada convocatoria, examen, proceso de evaluación o solicitud de certificación en la que decida participar, siendo igualmente de su exclusiva responsabilidad su abono en tiempo y forma conforme a las condiciones establecidas por la entidad certificadora correspondiente.
La formación, los materiales didácticos, las actividades formativas, las comunicaciones académicas y, en general, los servicios prestados por OFS Escuela de Oficios se desarrollan en lengua castellana. El alumno declara disponer de un nivel suficiente de comprensión y comunicación en dicho idioma que le permita seguir adecuadamente el programa formativo contratado y participar en las actividades académicas previstas.
Cláusula 4. Duración del contrato y Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios
La duración del presente contrato será de veinticuatro (24) meses contados desde la fecha de inicio de la edición formativa correspondiente al programa contratado.
La formalización del contrato tendrá lugar en la fecha de aceptación y pago (consumación del contrato)de la matrícula por parte del alumno. Dicha fecha será la que se tendrá en cuenta a los efectos del ejercicio del derecho de desistimiento y demás efectos jurídicos vinculados a la contratación.
La fecha de inicio de la edición formativa será comunicada al alumno con carácter previo al comienzo de la formación.
Durante la edición formativa, OFS Escuela de Oficios pondrá a disposición del alumno las clases, talleres prácticos, actividades formativas, materiales, recursos académicos y demás servicios incluidos en el programa contratado.
Finalizada la edición formativa, el alumno mantendrá hasta la finalización del período contractual acceso al campus virtual, grabaciones de clases, materiales didácticos y demás recursos digitales incluidos en el programa contratado.
Asimismo, durante dicho período, OFS Escuela de Oficios podrá organizar talleres prácticos, actividades de apoyo, sesiones complementarias u otros servicios relacionados con el programa contratado.
Los alumnos podrán solicitar su participación en dichas actividades. La asistencia requerirá en todo caso autorización previa de OFS Escuela de Oficios y estará sujeta a disponibilidad de plazas, aforos máximos, planificación académica, organización interna, recursos disponibles, viabilidad organizativa y normas de funcionamiento vigentes en cada momento.
Los alumnos que se encuentren cursando una edición formativa activa tendrán carácter preferente en el acceso a talleres prácticos y demás actividades cuya participación se encuentre limitada por razones organizativas o de capacidad.
OFS Escuela de Oficios podrá establecer criterios de prioridad, cupos de participación, límites de asistencia o cualesquiera otras medidas organizativas destinadas a garantizar el correcto desarrollo de las actividades formativas y la adecuada atención de los alumnos pertenecientes a ediciones formativas activas.
La continuidad del acceso a contenidos, recursos y actividades durante dicho período tiene por finalidad facilitar la preparación del alumno para futuras convocatorias de certificación y no supone la incorporación a nuevas ediciones formativas, la participación en nuevas cohortes o grupos de impartición, ni el derecho a repetir las clases en directo correspondientes a la edición formativa inicialmente cursada.
La falta de utilización de los servicios puestos a disposición del alumno no supondrá ampliación de los plazos contratados ni dará derecho a devolución, compensación económica o prórroga alguna.
Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios
Finalizado el período contractual de veinticuatro (24) meses, aquellos alumnos que no hubieran obtenido la certificación correspondiente podrán solicitar su incorporación al Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios.
La finalidad del Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios es facilitar la continuidad de la preparación del alumno para futuras convocatorias de certificación mediante el acceso a determinados recursos formativos y servicios de apoyo definidos por OFS Escuela de Oficios en cada momento.
Para incorporarse al Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios, el alumno deberá:
• Solicitar expresamente su incorporación mediante correo electrónico dirigido a continuidad@officius.es dentro de los treinta (30) días naturales anteriores a la finalización del contrato o de cada período anual de continuidad, según corresponda.
• Encontrarse al corriente de todas las obligaciones económicas derivadas del contrato.
• Haber mantenido una participación razonable en el itinerario formativo contratado y haber concurrido, al menos, a una convocatoria oficial de certificación.
• Abonar la cuota anual de continuidad vigente en el momento de la solicitud.
El Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios tendrá una duración de doce (12) meses y podrá renovarse por períodos sucesivos de doce (12) meses mediante nueva solicitud del alumno y cumplimiento de los requisitos establecidos.
Los alumnos incorporados al Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios podrán continuar accediendo a los recursos formativos que OFS Escuela de Oficios determine en cada momento y solicitar su participación en talleres prácticos, actividades de apoyo u otros servicios disponibles.
La incorporación y participación de los alumnos en dichas actividades requerirá autorización previa de OFS Escuela de Oficios y estará sujeta a disponibilidad de plazas, planificación académica, organización interna, recursos disponibles, viabilidad organizativa y normas vigentes en cada momento.
Los alumnos pertenecientes a ediciones formativas activas tendrán carácter preferente respecto de los alumnos incorporados al Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios.
OFS Escuela de Oficios podrá establecer criterios de prioridad, cupos de participación, límites de asistencia o cualesquiera otras medidas organizativas necesarias para garantizar el correcto funcionamiento de los servicios y la adecuada atención de los alumnos que se encuentren cursando programas formativos activos.
OFS Escuela de Oficios podrá modificar los recursos, contenidos, actividades y servicios incluidos en el Plan de Continuidad para adaptarlos a la evolución de los programas formativos, cambios normativos, necesidades organizativas o mejoras metodológicas.
La falta de solicitud de renovación, el impago de la cuota correspondiente o el incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos determinará la finalización del Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios.
El Plan de Continuidad OFS Escuela de Oficios constituye un beneficio adicional ofrecido por OFS Escuela de Oficios y no forma parte de la prestación ordinaria de los servicios objeto del presente contrato.
OFS Escuela de Oficios podrá denegar o revocar la participación en el Plan de Continuidad cuando concurran razones académicas, organizativas, disciplinarias o derivadas del incumplimiento de las obligaciones asumidas por el alumno.
Cláusula 5. Contratación online y aceptación telemática
La contratación de los servicios formativos de OFS Escuela de Oficios se realizará mediante comercio electrónico a través de la página web, plataforma digital o canales comerciales autorizados por la entidad.
La formalización de la matrícula implicará la aceptación íntegra y sin reservas de:
El presente contrato.
Las Condiciones Generales de Contratación.
La Política de Privacidad y Protección de Datos.
Las condiciones económicas del programa contratado.
Las condiciones específicas del servicio formativo correspondiente.
El consentimiento expreso para el inicio de la ejecución de servicios digitales cuando resulte aplicable.
El alumno declara haber recibido, con carácter previo a la contratación, información suficiente, clara y comprensible relativa a:
Las características esenciales del programa formativo.
La modalidad de impartición.
La duración del acceso al servicio.
El precio total de la formación.
La existencia de tasas oficiales o costes externos no incluidos.
Las condiciones de desistimiento y bajas.
Los requisitos técnicos mínimos necesarios para el acceso a la plataforma.
La validación electrónica del proceso de compra, el marcado de las casillas de aceptación (“checkbox”) y la confirmación digital de contratación tendrán plena validez jurídica como manifestación expresa de consentimiento y equivaldrán a la firma manuscrita del alumno, de conformidad con la normativa vigente aplicable.
OFS Escuela de Oficios podrá conservar evidencias electrónicas acreditativas de la contratación realizada, incluyendo registros de aceptación, fecha y hora de contratación, dirección IP, logs de acceso y cualquier otro medio tecnológico válido a efectos probatorios.
La contratación quedará perfeccionada en el momento en que OFS Escuela de Oficios confirme electrónicamente la compra.
Cláusula 6. Precio y formas de pago
El precio total del programa contratado será el indicado en las condiciones particulares de matrícula aceptadas por el alumno con carácter previo a la contratación.
El alumno podrá optar entre las modalidades de pago disponibles en cada momento.
En caso de financiación, la aprobación de la operación estará sujeta a los criterios y condiciones establecidos por la entidad financiera correspondiente. La financiación, en su caso, se regirá por las condiciones pactadas entre el alumno y dicha entidad.
La forma de pago elegida por el alumno quedará reflejada en las condiciones particulares de matrícula.
Cláusula 7. Impagos
En caso de impago de cualquier cantidad vencida y exigible, OFS Escuela de Oficios podrá suspender temporalmente el acceso al campus virtual, talleres prácticos y demás servicios asociados al programa contratado hasta que la situación sea regularizada.
La suspensión temporal de los servicios no supondrá la extinción del contrato ni la cancelación de las cantidades pendientes de pago.
En los supuestos de pago financiado, si la entidad financiera cancelara, resolviera o dejara sin efecto la financiación concedida por causa imputable al alumno, incluyendo el impago de las cuotas inicialmente pactadas, el alumno vendrá obligado a abonar directamente a OFS Escuela de Oficios las cantidades pendientes correspondientes al programa contratado.
El alumno reconoce que el incumplimiento de las obligaciones asumidas frente a la entidad financiera podrá afectar a las condiciones de financiación inicialmente concedidas y generar la exigibilidad de las cantidades pendientes conforme a las condiciones aplicables.
OFS Escuela de Oficios podrá reclamar judicial o extrajudicialmente las cantidades vencidas, exigibles y no satisfechas por el alumno.
La regularización de los importes pendientes permitirá al alumno solicitar la reactivación de los servicios que hubieran sido suspendidos, siempre que el contrato continúe vigente.
Cláusula 8. Desistimiento, bajas voluntarias y otras causas de resolución o modificación del contrato
8.1. Derecho de desistimiento
De conformidad con la normativa vigente en materia de consumidores y usuarios, el alumno dispondrá de un plazo de catorce (14) días naturales desde la formalización del contrato para ejercer su derecho de desistimiento sin necesidad de justificar su decisión y sin penalización alguna.
El desistimiento deberá comunicarse por escrito mediante correo electrónico dirigido a bajas@officius.es.
No se considerará válidamente comunicada ninguna solicitud de desistimiento realizada por medios distintos al correo electrónico indicado en la presente cláusula, salvo aceptación expresa por parte de OFS Escuela de Oficios.
En caso de ejercicio válido del derecho de desistimiento dentro del plazo legal establecido, OFS Escuela de Oficios procederá al reembolso de las cantidades abonadas por el alumno en los términos previstos por la normativa aplicable.
8.2. Baja voluntaria o resolución anticipada solicitada por el alumno
Una vez transcurrido el plazo legal de desistimiento, el alumno podrá solicitar la baja voluntaria o resolución anticipada del contrato mediante comunicación escrita dirigida a bajas@officius.es.
No se considerará válidamente comunicada ninguna solicitud de baja realizada por medios distintos al correo electrónico indicado en la presente cláusula, salvo aceptación expresa por parte de OFS Escuela de Oficios.
La baja voluntaria supondrá la interrupción de la prestación de los servicios por parte de OFS Escuela de Oficios desde la fecha en que resulte efectiva.
La baja voluntaria no dará derecho a devolución de las cantidades abonadas ni afectará a las obligaciones económicas asumidas por el alumno conforme a las condiciones aceptadas en el momento de la contratación.
8.3. Modificación, aplazamiento o cancelación de ediciones formativas
OFS Escuela de Oficios podrá modificar las fechas de inicio de una edición formativa, aplazar su celebración o cancelar la misma cuando concurran causas organizativas, académicas, técnicas, de fuerza mayor o cuando no se alcance el número mínimo de alumnos necesario para garantizar su adecuada viabilidad.
En tales supuestos, OFS Escuela de Oficios informará al alumno con la mayor antelación posible y éste podrá optar entre:
• Incorporarse a una edición posterior del mismo programa formativo.
• Destinar las cantidades abonadas a otro programa formativo ofrecido por OFS Escuela de Oficios.
• Solicitar la devolución de las cantidades efectivamente abonadas.
La modificación, aplazamiento o cancelación de una edición en los términos previstos en la presente cláusula no generará derecho a indemnización, compensación económica o reclamación adicional alguna por parte del alumno.
8.4. Resolución por incumplimiento
OFS Escuela de Oficios podrá resolver el contrato y suspender definitivamente el acceso a los servicios cuando el alumno incumpla gravemente las obligaciones asumidas en virtud del presente contrato, incluyendo, entre otros supuestos, el impago reiterado de cantidades debidas, el uso indebido de los recursos formativos, la cesión de credenciales de acceso a terceros o cualquier actuación que perjudique el normal funcionamiento de los servicios prestados.
Cláusula 9. Modificación de las condiciones contratadas
Cualquier solicitud del alumno relativa a cambios de programa, cambios de edición, aplazamientos, modificaciones de matrícula o cualquier otra circunstancia excepcional deberá realizarse por escrito y será valorada individualmente por OFS Escuela de Oficios.
La aceptación de cualquier modificación quedará sujeta a la aprobación expresa de OFS Escuela de Oficios, quien podrá tener en cuenta criterios académicos, organizativos, económicos, comerciales o de disponibilidad.
En caso de aprobarse una modificación, OFS Escuela de Oficios podrá establecer las condiciones académicas, económicas o administrativas que resulten aplicables al supuesto concreto.
La eventual aceptación de una solicitud excepcional por parte de OFS Escuela de Oficios no constituirá precedente ni generará derecho alguno para otros alumnos ni para futuras solicitudes del mismo alumno.
Toda modificación de las condiciones inicialmente contratadas deberá ser aprobada expresamente por OFS Escuela de Oficios y formalizada por escrito.
Cláusula 10. Procedimientos administrativos y de extranjería
La contratación de los servicios formativos de OFS Escuela de Oficios no garantiza la obtención de autorizaciones administrativas, permisos de residencia, procedimientos de arraigo, autorizaciones de trabajo, renovaciones documentales ni cualquier otra resolución favorable por parte de las Administraciones Públicas competentes.
El alumno declara que conoce los requisitos exigidos para el procedimiento administrativo o de extranjería que pretenda realizar y que es responsable de verificar el cumplimiento de los mismos.
El alumno reconoce y acepta que cualquier procedimiento administrativo o de extranjería dependerá exclusivamente del cumplimiento de los requisitos legales aplicables y de la decisión adoptada por la autoridad competente en cada caso.
La admisión al programa formativo, la participación en las actividades de OFS Escuela de Oficios o la obtención de certificados, diplomas o documentos emitidos por OFS Escuela de Oficios no implican ni garantizan la concesión de ningún derecho administrativo, migratorio o laboral.
OFS Escuela de Oficios no será responsable de la denegación, archivo, inadmisión, retraso o resolución desfavorable de cualquier procedimiento administrativo o de extranjería relacionado con la situación personal del alumno.
La eventual denegación, archivo o resolución desfavorable de dichos procedimientos no dará derecho a la cancelación del contrato, devolución de cantidades abonadas ni exoneración de las obligaciones económicas asumidas por el alumno.
Cláusula 11. Cesión del contrato
OFS Escuela de Oficios podrá ceder total o parcialmente el presente contrato, así como los derechos y obligaciones derivados del mismo, a sociedades del mismo grupo empresarial, empresas vinculadas o terceros que adquieran, continúen o sucedan total o parcialmente la actividad empresarial o formativa de OFS Escuela de Oficios, incluyendo supuestos de fusión, escisión, reorganización societaria, transmisión de unidad productiva o compraventa de negocio.
Dicha cesión no supondrá modificación de las condiciones esenciales contratadas por el alumno, subrogándose la entidad cesionaria en la posición contractual de OFS Escuela de Oficios a todos los efectos desde la fecha de efectividad de la operación correspondiente.
La entidad cesionaria asumirá las obligaciones derivadas del presente contrato, incluyendo aquellas relativas a la protección y tratamiento de datos personales conforme a la normativa vigente.
Si alguna de las cláusulas del presente contrato fuera declarada nula, inválida o inaplicable, total o parcialmente, dicha circunstancia no afectará a la validez del resto de las disposiciones, que continuarán plenamente vigentes y aplicables.
Cláusula 13. Comunicaciones entre las partes
El alumno autoriza a OFS Escuela de Oficios a realizar comunicaciones relacionadas con la gestión académica, administrativa y operativa del programa contratado a través de los datos de contacto facilitados durante el proceso de contratación, incluyendo correo electrónico, teléfono, SMS, WhatsApp, Telegram, mensajería instantánea o notificaciones mediante la plataforma educativa.
A efectos contractuales, el alumno se compromete a mantener actualizados sus datos de contacto, siendo responsable de cualquier incidencia derivada de la falta de actualización de los mismos.
Las comunicaciones remitidas por OFS Escuela de Oficios a los canales facilitados por el alumno se considerarán válidas y efectivamente realizadas a todos los efectos relacionados con la ejecución del presente contrato.
Cláusula 14. Propiedad intelectual y uso de la plataforma
Todos los contenidos, materiales, recursos, grabaciones, documentos, clases, vídeos y elementos puestos a disposición del alumno a través de la plataforma o durante el desarrollo del programa formativo son titularidad de OFS Escuela de Oficios o de terceros autorizados.
El acceso a dichos contenidos se concede exclusivamente para uso personal e individual del alumno, quedando prohibida su reproducción, distribución, cesión, comercialización, grabación o difusión total o parcial sin autorización expresa de OFS Escuela de Oficios.
El alumno se compromete a no compartir sus credenciales de acceso ni permitir el acceso de terceros a la plataforma o contenidos contratados.
El uso indebido de la plataforma o de los contenidos formativos podrá suponer la suspensión o cancelación del acceso al programa, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder a OFS Escuela de Oficios.
Cláusula 15. Organización y modificaciones del servicio
OFS Escuela de Oficios podrá realizar ajustes razonables en la organización, planificación, horarios, profesorado, metodología, plataforma tecnológica o calendario de los programas formativos cuando resulte necesario por motivos académicos, organizativos, técnicos o de fuerza mayor.
Dichas modificaciones no supondrán incumplimiento contractual siempre que no afecten de manera sustancial a la naturaleza y finalidad del programa contratado.
Cláusula 16. Incidencias técnicas y fuerza mayor
OFS Escuela de Oficios no será responsable de interrupciones temporales, incidencias técnicas, fallos de conectividad, mantenimiento de sistemas o problemas derivados de servicios tecnológicos de terceros que puedan afectar puntualmente al acceso a la plataforma o a la prestación de los servicios formativos.
Asimismo, OFS Escuela de Oficios no será responsable de los incumplimientos o retrasos derivados de causas de fuerza mayor, caso fortuito o circunstancias ajenas a su control razonable.
Cláusula 17. Protección de datos personales
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (“RGPD”) y demás normativa aplicable en materia de protección de datos personales, OFS Escuela de Oficios informa al alumno de que los datos personales facilitados durante el proceso de contratación serán tratados con la finalidad de gestionar la relación contractual, administrativa, académica y económica derivada de los servicios contratados.
Los datos podrán ser utilizados para la gestión de la matrícula, acceso al campus virtual, seguimiento académico, gestión de pagos, financiación, comunicaciones relacionadas con el programa formativo y cumplimiento de obligaciones legales aplicables.
Los datos podrán ser comunicados a proveedores tecnológicos, plataformas educativas, entidades financieras o entidades certificadoras cuando resulte necesario para la correcta prestación de los servicios contratados.
El alumno podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación del tratamiento y portabilidad a través de los canales de contacto habilitados por OFS Escuela de Oficios.
La información completa relativa al tratamiento de datos personales se encuentra disponible en la Política de Privacidad publicada en la página web de OFS Escuela de Oficios.
Cláusula 18. Legislación aplicable y fuero
El presente contrato se regirá e interpretará conforme a la legislación española.
En caso de controversia o conflicto derivado de la interpretación, ejecución o cumplimiento del presente contrato, las partes se someterán a los Juzgados y Tribunales de Bilbao.